Facturar sin IVA: quién está exento y cómo funciona
No todos los autónomos cobran IVA. Si eres médico, psicólogo, profesor, artista o trabajas en seguros, es posible que estés exento. Pero ojo: estar exento de IVA no significa estar exento de obligaciones.
Actividades exentas de IVA (Art. 20 Ley IVA)
- Servicios sanitarios — Médicos, enfermeros, psicólogos, fisioterapeutas, dentistas
- Enseñanza — Profesores particulares, academias, formación reglada
- Seguros y servicios financieros — Mediadores de seguros, operaciones financieras
- Servicios sociales — Servicios de asistencia social, guarderías
- Artistas — Derechos de autor (no todos los servicios artísticos)
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Exento de IVA ≠ libre de obligaciones
Si estás exento de IVA, no presentas modelo 303. Pero sí debes presentar el modelo 130 (IRPF fraccionado) si facturas a particulares. Y sí debes emitir facturas — simplemente sin línea de IVA, indicando "operación exenta según art. 20 LIVA".
Cómo hacer una factura sin IVA
La factura es igual que cualquier otra, pero en lugar de la línea de IVA pones: "Operación exenta de IVA según el artículo 20.Uno de la Ley 37/1992". El total de la factura es igual a la base imponible.
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